ES POSIBLE CANCELAR LAS DEUDAS CON HACIENDA Y LA SEGURIDAD SOCIAL

En estos momentos de crisis que estamos atravesando muchos de los autónomos están sufriendo una disminución sustancial de sus ingresos que les llevan a no poder atender los compromisos de pago a proveedores, entidades financieras y organismos públicos (generalmente Hacienda y la Seguridad Social). 

Muchos de estos autónomos tienen ya información sobre la posibilidad de acudir a un expediente de Acuerdo Extrajudicial de Pagos, que le permite suspender el devengo de intereses y la paralización de ejecuciones mientras se negocia con los acreedores. Y también muchos conocen que en caso de no llegar a un acuerdo con los acreedores en el plazo máximo de tres meses podré conseguir el perdón de las deudas solicitando el concurso de acreedores en el juzgado, cumpliendo una serie de requisitos legales que me califiquen de deudor de buena fe.

Pero lo que muchos autónomos no conocen, o tienen dudas, es que por medio del concurso de acreedores posterior a la solicitud de acuerdo extrajudicial de pagos puedo conseguir el perdón o cancelación de todas las deudas, es decir, de las deudas con proveedores, entidades financieras y también de las deudas con Hacienda y la Seguridad Social. 

Dependiendo de las circunstancias de cada uno esta cancelación de deudas se conseguirá de una manera más o menos inmediata, pero los autónomos tienen que tener claro que bien de una forma más o menos inmediata o bien dentro de un plazo de cinco años pueden conseguir también la cancelación de las deudas con organismos públicos.

Texto: Jorge Galíndez Arribas. 

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