Dos de los requisitos fundamentales para poder acogerse a este procedimiento es demostrar la insolvencia económica y confirmar que la persona es deudora de buena fe El juzgado de lo Mercantil nº 16 de Madrid ha perdonado una deuda de 163.000 euros a un matrimonio gracias a la Ley de Segunda Oportunidad. Si te encuentras en una situación de insolvencia y necesitas valorar si puedes cancelar tus deudas, puedes consultar nuestro servicio de abogados especializados en Ley de Segunda Oportunidad en Zaragoza. La pareja, con dos hijos de 11 y 14 años, pagaban todas las cuotas de sus préstamos y tarjetas. Sin embargo, poco a poco vieron que resultaba complicado hacer frente a sus gastos mensuales. Tuvieron que vender propiedades para pagar las deudas, y aún así, llegó un punto en que la situación era insostenible, ya que sus ingresos se destinaban mayoritariamente a pagar las mensualidades de los préstamos, por lo que tuvieron que solicitar más créditos, y en consecuencia, más deuda. Ley Segunda Oportunidad Ante esta […]
Extralimitación del Gobierno en el mandato del Parlamento para elaborar un texto refundido. El Derecho comunitario, al regular el derecho a la exoneración de deudas, dispone que «Los Estados miembros podrán excluir algunas categorías específicas de la exoneración de deudas», pero entre ellas no están incluidas las deudas públicas La TGSS formuló demanda de oposición a la concesión del beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho en concurso de acreedores de persona física, por considerar que los créditos públicos no están dentro del ámbito de la exoneración solicitada. La cuestión debatida es la determinación del ámbito de aplicación de la extensión de la exoneración que recoge el art. 491 de la Texto Refundido de la Ley Concursal. Esta norma identifica formalmente dos vías o regímenes para alcanzar la exoneración: el régimen general, cuando el deudor es capaz de cubrir con la liquidación concursal de su patrimonio los créditos no exonerables, y el régimen especial, cuando el deudor no ha sido[…..]
Jorge Galíndez Arribas Abogado especialista en Segunda Oportunidad, Derecho Concursal y Derecho Mercantil en Solventtia Legal Ayer me hacía eco a través de LinkedIn del resultado obtenido por un cliente quien consiguió la exoneración de 196.000 euros de deuda de la Agencia Tributaria (para ser exactos, – 12.000 euros, porque tiene que cumplir con un plan de pagos a cinco años de 200 euros al mes). Si te encuentras en una situación de endeudamiento similar, puedes consultar nuestro servicio de abogados especializados en Ley de Segunda Oportunidad en Zaragoza para valorar si es posible solicitar la exoneración o reestructuración de tus deudas. Os adjunto la sentencia porque aunque se trata de un caso anterior a la reforma de septiembre de 2022 contiene doctrina de interés vigente. Es importante tener en cuenta los “antecedentes» del caso en cuestión para poder valorar el resultado obtenido. Por ello, os enumero, algunos de ellos: i.- La primera visita con el cliente la tuvimos a finales de[…..]
