Abogados Ley Segunda Oportunidad en Zaragoza

Abogados especializados en cancelar deudas en Zaragoza

En Solventtia Legal estudiamos tu situación económica para valorar si puedes acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad y cancelar total o parcialmente tus deudas.

Jorge Galíndez, socio director de la firma, asesora a particulares y autónomos en situaciones de insolvencia. Desde nuestro despacho en Zaragoza analizamos cada caso de forma individual para determinar qué opciones legales pueden resultar adecuadas según tus deudas y circunstancias.

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    Asesoramiento legal para cancelar deudas en Zaragoza

    La Ley de Segunda Oportunidad permite a particulares y autónomos en situación de insolvencia solicitar la exoneración total o parcial de sus deudas o, cuando proceda, acogerse a un plan de pagos. En Solventtia Legal analizamos la viabilidad de cada caso y acompañamos al cliente durante el procedimiento.

    Jorge Galíndez, socio director de la firma, estudia cada situación de forma individual para determinar si el deudor cumple los requisitos legales y qué alternativa puede resultar más adecuada según sus deudas, patrimonio y capacidad de pago, incluida una posible reestructuración de deudas cuando proceda.

    Este procedimiento está dirigido principalmente a particulares y autónomos que se encuentran en situación de insolvencia. Nuestro trabajo comienza con el análisis de la situación económica, las deudas y las circunstancias personales para valorar si puede solicitarse la exoneración total o parcial de las obligaciones pendientes.

    Abogados Ley Segunda Oportunidad en Zaragoza

    ¿Puedo conservar mi vivienda con la Ley de Segunda Oportunidad?

    La Ley de Segunda Oportunidad no implica necesariamente la pérdida de la vivienda habitual. En determinados casos puede estudiarse una exoneración mediante plan de pagos que permita conservar determinados bienes, siempre que se cumplan los requisitos legales y resulte viable según la situación económica del deudor.

    En Solventtia Legal analizamos el valor de la vivienda, las cargas existentes, la deuda pendiente y la capacidad de pago antes de determinar qué alternativa puede resultar adecuada.

    Si quieres saber si puedes acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad sin perder tu vivienda, estudiaremos las circunstancias concretas de tu caso.

    Requisitos para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad

    Para solicitar la exoneración del pasivo insatisfecho es necesario cumplir los requisitos previstos en la Ley Concursal y no encontrarse en ninguno de los supuestos que impiden acceder a este mecanismo.

    Entre otros aspectos, se revisa si existen determinadas condenas o sanciones previas, si el concurso ha sido declarado culpable, si el deudor ha cumplido sus deberes de colaboración e información y si ha actuado de forma diligente y transparente al contraer y gestionar sus deudas.

    En Solventtia Legal analizamos estas circunstancias antes de iniciar el procedimiento para valorar si el caso cumple las condiciones legales necesarias.

    ¿Cómo puede conseguirse la exoneración de las deudas?

    La Ley Concursal permite solicitar la exoneración de las deudas a través de distintas modalidades, que deben valorarse según la situación económica y patrimonial de cada persona.

    Exoneración con liquidación

    En determinados casos, la exoneración puede solicitarse tras la liquidación de los bienes y derechos que formen parte de la masa activa, con los límites y excepciones previstos legalmente.

    Exoneración mediante plan de pagos

    También puede solicitarse la exoneración mediante un plan de pagos sin liquidar la masa activa. Esta alternativa puede resultar especialmente relevante cuando se pretende conservar determinados bienes, como la vivienda habitual, siempre que se cumplan los requisitos legales.

    El plan de pagos tiene, con carácter general, una duración de tres años. Puede extenderse a cinco años en determinados supuestos, entre ellos cuando no se realiza la vivienda habitual del deudor.

    En Solventtia Legal estudiamos ambas alternativas para determinar cuál puede encajar mejor con la situación económica y patrimonial de cada cliente.

    ¿Qué deudas pueden cancelarse con la Ley de Segunda Oportunidad?

    La exoneración puede alcanzar una parte importante de las deudas pendientes, pero no todas las obligaciones son exonerables.

    La Ley Concursal establece determinadas excepciones, por lo que es necesario analizar el origen y naturaleza de cada deuda antes de determinar qué importe puede quedar exonerado.

    Entre otras cuestiones, debe revisarse si existen deudas públicas, obligaciones por alimentos, responsabilidades civiles u otros créditos que tengan un tratamiento específico conforme a la ley.

    En Solventtia Legal estudiamos cada deuda de forma individual para determinar cuáles pueden quedar afectadas por la exoneración y cuáles deben mantenerse o tratarse de forma distinta.

    Preguntas frecuentes sobre la Ley de Segunda Oportunidad

    ¿Quién puede acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad?

    Pueden solicitar este mecanismo, entre otros supuestos, particulares y autónomos que se encuentren en situación de insolvencia y cumplan los requisitos establecidos en la Ley Concursal. Cada caso debe analizarse de forma individual para comprobar si concurren las condiciones necesarias.

    ¿Qué deudas se pueden cancelar con la Ley de Segunda Oportunidad?

    La exoneración puede alcanzar una parte importante de las deudas insatisfechas, pero existen determinadas obligaciones que la Ley Concursal excluye total o parcialmente de la exoneración. Por eso es necesario revisar el origen y naturaleza de cada deuda antes de valorar el alcance real del procedimiento.

    ¿Se pueden cancelar deudas con Hacienda y la Seguridad Social?

    La Ley Concursal permite la exoneración de determinados importes de deuda pública con la Agencia Tributaria y la Seguridad Social, dentro de los límites y condiciones establecidos legalmente. El tratamiento concreto depende del importe, del tipo de deuda y de las circunstancias del procedimiento.

    ¿Puedo conservar mi vivienda habitual?

    En determinados casos puede plantearse una exoneración mediante plan de pagos que permita conservar la vivienda habitual, siempre que se cumplan los requisitos legales y el plan resulte viable según la situación económica y patrimonial del deudor.

    ¿Cuánto dura el plan de pagos?

    Con carácter general, el plan de pagos tiene una duración de tres años. La Ley Concursal prevé determinados supuestos en los que puede extenderse a cinco años, entre ellos cuando no se realiza la vivienda habitual del deudor.

    ¿Cómo sé si puedo acogerme a la Ley de Segunda Oportunidad?

    Es necesario revisar la situación económica, las deudas, el patrimonio, los ingresos y las circunstancias personales del deudor. En Solventtia Legal estudiamos cada caso de forma individual para valorar si puede solicitarse la exoneración y qué vía puede resultar adecuada.

    Abogados de Segunda Oportunidad en Zaragoza

    Si tienes dificultades para hacer frente a tus deudas, podemos estudiar tu situación y valorar si puedes acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad.

    Solicita una primera consulta para analizar tu caso y conocer qué opciones legales pueden resultar adecuadas según tus deudas, patrimonio e ingresos.

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    Nuestro despacho en Zaragoza se encuentra en Paseo de la Independencia, nº 8 duplicado, 2º piso, 50004 Zaragoza.