Sentencia que acuerda la exoneración del pasivo insatisfecho

Interesante Sentencia sobre el “Crédito Responsable” de la Audiencia Provincial de Zaragoza. Considera que para que se conceda la EPI ( EXONERACIÓN DEL PASIVO INSATISFECHO), es decir, la exoneración de las deudas, es importante que se valore si el prestamista cumplió con su obligación de conceder de manera responsable los préstamos a los deudores. Un deudor cuando pide a un banco un crédito, para que se lo concedan DEBE aportar la documentación económica que acredite su  solvencia y su capacidad de devolución respecto al  préstamo que solicita. Posteriormente, el analista de riesgos de la entidad financiera,  SANCIONARÁ positiva o negativamente dicho préstamo. Finalmente, en el caso de ser APROBADO su préstamo, el cliente lo FIRMARÁ  ante notario. Si te encuentras en una situación de insolvencia y necesitas valorar si puedes solicitar la exoneración del pasivo insatisfecho, puedes consultar nuestro servicio de abogados especializados en Ley de Segunda Oportunidad en Zaragoza. Es decir, quien debe actuar de manera responsable en la concesión […]

No hay segunda oportunidad para el que menos tiene

Escrito por MATILDE CUENA CASAS::Catedrática de Derecho Civil::Universidad Complutense::Coeditora blog Fundación Hay Derecho Categoría: Revista 50 , Opinión MATILDE CUENA CASASProfesora Titular de Derecho Civil de la Universidad Complutense Exoneración de deudas y Proyecto de ley de emprendedores El estímulo del espíritu emprendedor se ha erigido en España en una auténtica prioridad, lo cual merece sin duda un juicio positivo, dadas las bondades que presenta para el crecimiento económico y la creación de empleo. Los datos sobre el nivel de iniciativa empresarial en España son francamente negativos1, justificados sin duda por un sistema jurídico que desincentiva el riesgo empresarial. Son muchos los factores que resultan implicados en la toma de decisión de emprender,  pero solo me voy a detener en uno por todos conocido: el riesgo al fracaso, las consecuencias que en España conlleva “no acertar a la primera” y en cómo el Proyecto de Ley de Apoyo a los Emprendedores y su internacionalización, recientemente aprobado por el Consejo de[…..]

LA SEGUNDA OPORTUNIDAD SUPONE EL PERDÓN O EXONERACIÓN DE LAS DEUDAS. ¿ES POSIBLE LIBERARME DE TODAS MIS DEUDAS Y EMPEZAR DE CERO?

Esta es la primera pregunta que nos plantean muchos clientes en la primera reunión. El proceso de segunda oportunidad o de perdón de deudas es un gran desconocido. No se hace publicidad desde las instituciones públicas ni por supuesto desde las entidades financieras. Seguramente, porque tanto la Administración Pública, generalmente Hacienda y la Seguridad Social, como las entidades financieras suelen ser los mayores acreedores en un proceso de exoneración de deudas. Por tanto, la única publicidad que perciben los ciudadanos es la que hacemos los profesionales especializados en la segunda oportunidad. Por tanto, la respuesta es que sí es posible conseguir el perdón de las deudas y comenzar de cero. No obstante, se deben reunir una serie de requisitos puesto que la ley concursal, que es la norma legal que regula el proceso de exoneración de deudas o de segunda oportunidad, únicamente lo permite para la persona deudora insolvente de buena fe.  Una persona deudora es insolvente cuando por circunstancias de la vida, que pueden[…..]

NOTA DE PRENSA: El Observatorio de la Insolvencia Personal del ICAB constata el aumento en un 80% de procedimientos de Segunda Oportunidad, datos que consolidan esta herramienta como una solución efectiva a la insolvencia personal

Los datos publicados este miércoles por el Consejo General del Poder Judicial indican que el 2023 ha finalizado con un total de 36.996 concursos de persona física presentados, cifra muy superior a los 20.579 procedimientos de 2022. Barcelona, 13 de marzo de 2024. El Observatorio de la Insolvencia Personal del Colegio de la Abogacía de Barcelona (ICAB) ha analizado los datos que ha publicado este miércoles el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) sobre los concursos de persona física durante el 2023. Se constata que de enero a diciembre del año pasado se han presentado un total de 36.996 concursos de persona física, de los cuales 3.728 han sido de persona física empresaria y 33.268 han sido de persona física no empresaria (consumidores). Se trata de cifras muy superiores a los 20.579 concursos con los que se cerró 2022, puesto que significa un crecimiento de un 80%. Los 3.728 procedimientos de segunda oportunidad para las personas físicas empresarias significan el 10% del total[…..]