Sentencia que acuerda la exoneración del pasivo insatisfecho

Interesante Sentencia sobre el “Crédito Responsable” de la Audiencia Provincial de Zaragoza. Considera que para que se conceda la EPI ( EXONERACIÓN DEL PASIVO INSATISFECHO), es decir, la exoneración de las deudas, es importante que se valore si el prestamista cumplió con su obligación de conceder de manera responsable los préstamos a los deudores. Un deudor cuando pide a un banco un crédito, para que se lo concedan DEBE aportar la documentación económica que acredite su  solvencia y su capacidad de devolución respecto al  préstamo que solicita. Posteriormente, el analista de riesgos de la entidad financiera,  SANCIONARÁ positiva o negativamente dicho préstamo. Finalmente, en el caso de ser APROBADO su préstamo, el cliente lo FIRMARÁ  ante notario. Es decir, quien debe actuar de manera responsable en la concesión de créditos es la ENTIDAD FINANCIERA, no el deudor. 

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