La compañía de distribución textil FC&Co, ahora en fase de liquidación, demandó a la entidad y la justicia ha determinado que ésta incumplió el Código de Buenas Prácticas ligado a los créditos avalados por el ICO que se pusieron en marcha durante la pandemia
Durante la pandemia, el Gobierno puso en marcha varias medidas de apoyo al tejido productivo. Una de las más importantes fue la línea de avales del Instituto de Crédito Oficial (ICO) para que los bancos siguieran apoyando financieramente a las empresas. Esto significa que en esos créditos otorgados por las entidades financieras al sector privado, el avalista era el Estado: en caso de impago por incapacidad de la compañía en cuestión, el dinero público cubriría las pérdidas. A ello se sumó un Código de Buenas Prácticas que se aprobó en 2021 al que los bancos se adherían libremente en virtud del que se comprometían a mantener la financiación a las empresas, tanto la avalada del Estado como la que no contaba con esa garantía.
Éste es el contexto previo para entender una sentencia emitida por el Juzgado de Primera Instancia Número 1 de Málaga que condena al Banco Santander por «la existencia de un incumplimiento de los compromisos asumidos mediante su adhesión voluntaria al Código de Buenas Prácticas, la obligación de mantener el flujo de financiación de la prestataria». En virtud de esta sentencia -que no es firme y aún es recurrible-, el banco habría de renovar las líneas de financiación a la empresa.
La cuestión es que como alega Jesús Romero, de Talento Abogados, la firma que ha llevado el caso representando a la compañía demandante, la sentencia llega tarde, puesto que la empresa en cuestión, la distribuidora textil FC&Co, está en pleno concurso de acreedores y el pasado diciembre ya cerró las nueve tiendas que tenía abiertas en varios centros comerciales de Málaga y los alrededores y despidió al medio centenar de trabajadores con los que contaba.
Como explica Romero, si en febrero de 2022 se presentó la demanda, la sentencia no ha llegado hasta dos años después -la resolución judicial es de ayer-.
En concreto, la compañía había demandado al Santander con el objetivo de que le mantuviera el flujo de financiación, en particular, los avales otorgados en garantía de cumplimiento de los contratos de arrendamiento de las tiendas -los centros comerciales exigen tener la garantía de cobro de doce meses de alquiler-, así como los préstamos trimestrales necesarios para el pago de los impuestos. La empresa alegaba en su demanda que la adhesión voluntaria del grupo bancario al Código de Buenas Prácticas implicaba que éste tuviera que mantener las líneas de circulante que le había concedido al menos hasta el 31 de diciembre de 2022. Sin embargo, en enero de 2022 ya dejó de contar con circulante para el pago del IVA correspondiente al último trimestre de 2021, cuando este concepto venía financiándose desde 2016; y el banco también le negó la prórroga de dos avales para el pago de los arrendamientos.
El abogado comenta que esto último fue especialmente dañino para la empresa, puesto que supone el desembolso del año de alquiler correspondiente a la decena de tiendas con la que contaba la cadena FC&Co.
La empresa era viable
El banco alegó en el rechazo de la demanda que el ámbito de aplicación del Código de Buenas Prácticas era la financiación avalada por el ICO, pero no otro tipo de préstamos. Y también que esas medidas sólo iban dirigidas a proteger a empresas que antes de la crisis provocada por la Covid-19 fueran viables, cuando, dice el Santander, FC&Co no lo era ya en 2019.