ACTIVIDADES DE RIESGO CON MENORES. MÁXIMA DILIGENCIA.

Consejos para clubes y entidades que realizan actividades de riesgo con menores de edad.

¿A qué actividades nos referimos? Cualquier actividad turística o deportiva que entrañe riesgos para quien las practica, como por ejemplo: bicicleta de montaña o de carretera, senderismo o montañismo, esquí, actividades acuáticas o aéreas, etc. 

El primer consejo y fundamental es no conformarse con el cumplimiento de la ley, puesto que no es suficiente. Lo fundamental es que los responsables del club o entidad y los monitores tengan la mentalidad de actuar con la máxima diligencia de un modo preventivo, haciendo todo lo posible por minimizar el riesgo de que ocurra un accidente. 

Después de adoptar y asumir esta mentalidad, debe actuarse siguiendo estas pautas mínimas:

1.- Para el caso de que las medidas preventivas no eviten un accidente, es obligado tener un buen seguro de daños, accidentes y responsabilidad civil adaptado a las actividades que se realizan, tanto para el caso de mayores o menores de edad.

2.- Siempre y especialmente si se trata de actividades con menores los monitores o guías deben estar titulados, y se debe establecer el ratio menor – monitor / guía adecuado a la actividad y circunstancias concretas más allá de las exigencias legales que puedan existir.

3.- Todos los mayores de edad que estén tutelando las actividades con menores deben tener un certificado de delitos de naturaleza sexual. Se puede solicitar online: https://sede.mjusticia.gob.es/es/tramites/certificado-registro-central 

4.- Antes de iniciar la actividad debe obtenerse la autorización expresa y por escrito del padre – madre o tutor, y en este documento se deberá informar como mínimo de los riesgos de la actividad, de las normas que deben cumplir los participantes en la actividad, de las medidas que se adoptan para prevenir riesgos, de que se cuenta con un seguro de cobertura, de las características de la actividad, del equipo individual que deben aportar los participantes, de las condiciones de salud, físicas y técnicas que deben reunir los participantes. A través de este enlace pueden obtenerse documentos que pueden servir para adaptarlos al caso concreto: https://seguridadfedme.es/fichas-para-la-gestion-de-clubs/

5.- Siempre hay que asegurarse de que quien firma la autorización al menor tiene realmente la custodia del menor, es decir, que es uno de los padres o tutor realmente. Y es necesario identificar a los menores que participan en la actividad, bien con el DNI, o si fueran menores de catorce años y no lo tuvieran con el libro de familia por ejemplo. 

6.- Es fundamental hacer una sesión formativa previa al inicio de la actividad con todo el grupo, en la que se expliquen los detalles de la actividad, las normas que se deben cumplir, los riesgos y duración estimada de la actividad, y el protocolo que se debe seguir en caso de incidente o accidente.

7.- Además, en el documento que firmen los padres o tutores debe haber una cláusula en el que se informe del tratamiento que se va a dar a los datos de carácter personal, con especial mención en caso de que se vayan a tomar imágenes de los menores puesto que el consentimiento deberá ser expreso, para cumplir con la normativa protectora de los datos de carácter personal.

8.- Diseñar protocolos de actuación para el caso de que se produzca un accidente.

9.- Por último, es muy aconsejable que al final de cada actividad los monitores y guías presenten al club o entidad un informe breve sobre cómo ha ido su desarrollo, con especial reseña si se ha producido algún incidente fuera de lo previsto. Los incidentes son alarmas que deben aprovecharse para analizarlos y mejorar los protocolos de prevención del club o entidad. 

Texto: Jorge Galíndez Arribas.

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